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Seguros del automotor

Sí, es obligatorio. Si sos dueño o conductor de un auto, acoplado o semiacoplado, sabé que en nuestro país el seguro automotriz es exigido para circular con el rodado, según lo establece la Ley de Tránsito.

La ley establece la contratación de un seguro de responsabilidad civil, más conocido como seguro contra terceros y es el que te brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito.

Sí, siempre y cuando el hecho ocurra dentro de la vigencia de la póliza de seguro contratada. Sin embargo, este reclamo no podrá presentarse más allá de los dos años contados a partir del accidente.

No. Esta cobertura abarca daño emergente, daño moral y lucro cesante producidos a terceros y no contempla daños materiales ocasionados a tu propio vehículo. Si querés incluir esta protección deberás contratar una póliza ampliada.

Si no abonaste en término, no tendrás ninguna cobertura. Un seguro es un contrato entre dos partes: la aseguradora y vos como asegurado. Por ese contrato, la compañía queda obligada a asumir un compromiso de pago ante cualquier eventualidad que ocurra y vos quedás obligado a abonar la cuota en el plazo convenido por la aseguradora.

Para poder circular, debés tener la Constancia de Cobertura, que incluye un detalle de las coberturas contratadas con sus respectivas sumas aseguradas, la tarjeta de seguro obligatorio automotor y el Certificado Mercosur para el caso que necesites viajar a alguno de los países que lo componen.

La documentación pertinente a tu seguro, se deberá encontrar vigente al momento de ser solicitada para verificación, no siendo obligatorio acreditar el pago del Seguro (Ley de tránsito 24.449 Art. 68, para ello podrás verificar la información en el dorso de la credencial del seguro obligatorio).

Cabe destacar que por medio de la resolución SSN-219-2018 la Supertintendencia de Seguros de la Nacion, habilito el comprobante de seguro en forma digital en todo el Pais.

Tenés que dar aviso a tu Productor Asesor de Seguros o a la aseguradora dentro de las 72hs. de producido el acontecimiento.

Se ingresa una denuncia administrativa en la cual se detalla lo ocurrido: día, hora, lugar y daños de tu vehículo.
En caso de que haya terceros involucrados, te vamos a solicitar:
 - Sus datos personales (nombre, apellido, DNI, domicilio y teléfono)
- Fotos del registro y cédula verde
- Datos del vehículo: marca, modelo y dominio
- Compañía en la que está asegurado y número de póliza
- Lesiones y/o daños materiales que hayan sufrido.

Recordá que cuanto antes des aviso y nos brindes la información completa del siniestro, podremos darte una pronta y adecuada respuesta.  

Del conductor del otro vehículo:

• Nombre y Apellido.
• Domicilio.
• Número de Documento.
• Teléfono.
• Registro.

Del vehículo y el seguro:

• Marca, modelo y año.
• Patente.
• Compañía de seguros.
• Número de póliza.
• Daños del vehículo.
• Si habría lesionados, los datos de los mismos.

No, en este caso, tu cobertura responde por los daños que le ocasiones al tercero, por lo cual debes realizar el reclamo correspondiente ante la compañía de seguros con la persona que se tuvo el incidente.

Debes contactarte con la Compañía de Seguros del tercero involucrado en el choque para que te indiquen los pasos a seguir. Generalmente solicitan:

• Denuncia administrativa en tu aseguradora
• Certificado de cobertura
• Licencia de conducir
• Cédula verde
• En algunos casos pueden solicitarte además fotos de los daños y presupuesto.
• Si contás con cobertura Todo Riesgo, para reclamar por la franquicia, deberás presentar Carta de Franquicia.

Este trámite debes realizarlo de manera particular o con un letrado que te represente, es decir, que tu seguro no interviene ante el seguro del tercero.

Cuando una persona maneja un vehículo sin el seguro obligatorio de Responsabilidad Civil está cometiendo una infracción. En este caso no hay compañía de seguros a la que reclamar, por lo que tenés que hacer el reclamo directamente a la persona que te chocó.

Si no tiene registro de conducir también está cometiendo una infracción, por lo que su compañía de seguros podría desistir de responder por su siniestro. De todos modos siempre debés hacer el reclamo en la compañía del tercero y esperar a que la misma se expida.

La franquicia es un monto fijo que a cargo del asegurado en la reparación del daño a causa de un siniestro. El excedente del costo queda a cargo de la compañía. (Ej: Daño por $90.000, cobertura con franquicia de $8000. Este ultimo monto va a abonar el asegurado, y la compañía se hace cargo de los $82.000 restantes).- Seguros de Hogar

Seguros del hogar

El seguro de hogar brinda cobertura de manera integral frente a los riesgos de incendio y daños de la naturaleza que puedan afectar a la vivienda de uso familiar y su mobiliario, como así también por el riesgo de robo y/o hurto del mobiliario y los daños que sufran los electrodomésticos y el equipamiento electrónico, rotura de cristales, gastos de remoción de escombros, daños por agua por rotura de cañerías y la responsabilidad civil frente a terceros por hechos privados, entre otros riesgos.

Podés elegir entre diferentes alternativas de combinaciones de coberturas preestablecidas o diagramar específicamente las coberturas a la medida de tus necesidades.

Podrás efectuar la denuncia a tu productor de seguros o ponerte en contacto con tu compañía de seguros.

Al momento de contratar un seguro de Combinado Familiar, la vivienda deberá estar construida con estructura, cerramientos laterales externos y techos de materiales clasificados como resistentes al fuego o combustibles y debe cumplir con determinadas normas mínimas de seguridad: estar habitadas en carácter de permanencia, contar con cerradura doble paleta o bidimensionales en todas las puertas de acceso, las ventanas, puertas, tragaluces u otras aberturas con paneles de vidrio y/o similares de planta baja y que den a la calle, patio o jardines, deberán tener una reja de protección de hierro. En caso de que la vivienda no tenga rejas, debe tener un sistema de alarma. Cuando se trata de viviendas en planta baja (casas o departamentos) que linden con un terreno baldío, una plaza, una obra en construcción, una vivienda abandonada o una playa de estacionamiento, deberán tener un muro o reja de 1,80 metro de altura por lo menos. Debe estar edificada de medianera a medianera, excepto que cuente con el mencionado muro o reja.

Mobiliario es el conjunto de cosas muebles, ropa, enseres domésticos o de uso personal, provisiones y otros efectos personales que se encuentren en la vivienda propiedad del asegurado, de sus familiares o de las personas que con él convivan o del personal a su servicio.

Sí, en este seguro se pueden cubrir TV, equipos de música, PC, video y cualquier aparato eléctrico o electrónico, para lo cual deberán declararse las características de cada bien asegurado como así también el valor a nuevo de los mismos.

COBERTURAS SEGUROS DE VIDA

Compañías

Trabajamos en conjunto con una serie de las mas prestigiosas
compañías del mercado, de reconocida solvencia y eficiencia.

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